Policial y judicial | 10:00
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Un informe técnico elaborado por la Policía Federal reaviva el debate judicial sobre la posible contaminación en harineras de pescado
Impresionante cómo la Justicia avanzó...
Un informe científico realizado por la Policía Federal Argentina (PFA) volvió a poner en el centro de la escena la presunta contaminación vinculada a plantas harineras de pescado, en el marco de una causa judicial en la que ya había intervenido la Cámara Federal de Casación Penal.
El estudio, firmado por un doctor en Biología de la fuerza federal, analiza específicamente la presencia de trimetilamina, un compuesto químico asociado a la descomposición de materia orgánica de origen marino y que, en determinadas concentraciones, puede generar olores intensos y eventuales riesgos para la salud y el ambiente.
Según consta en la presentación incorporada al expediente, los resultados técnicos no habrían sido considerados al momento en que la Cámara de Casación Penal, Sala III, ordenó a los magistrados intervinientes "tener celosa precaución" respecto de la eventual existencia de contaminación que pudiera poner en peligro la salud pública. La resolución estuvo dirigida a los jueces Santiago Inchausti y Roberto Fernando Minguillón, quienes continúan al frente de la causa.
En su pronunciamiento, la Cámara había subrayado la necesidad de extremar los recaudos frente a la posible contaminación derivada de la actividad de las harineras de pescado, atendiendo al impacto ambiental y sanitario que podría producirse en la población cercana. No obstante, de acuerdo con la documentación ahora agregada, el tribunal de alzada no contaba en ese momento con los análisis científicos efectuados posteriormente por la Policía Federal.
El informe técnico detalla estudios específicos sobre la presencia y concentración de trimetilamina, sustancia que se genera durante el procesamiento y almacenamiento de subproductos de pescado. En el documento se exponen consideraciones químicas y biológicas acerca de su comportamiento, dispersión y potencial afectación, aportando elementos que, según se sostiene en la presentación judicial, deberían ser evaluados a la luz de la orden impartida por la Cámara.
En este contexto, las partes impulsoras del planteo sostienen que, a partir de la evidencia científica incorporada, los jueces intervinientes tendrían la obligación de cumplir estrictamente con lo dispuesto por el máximo tribunal penal del país en materia de control y prevención de riesgos ambientales.
La discusión gira ahora en torno a si las medidas adoptadas hasta el momento resultan suficientes para garantizar la protección de la salud pública y el ambiente, o si corresponde avanzar con nuevas diligencias, peritajes o restricciones a la actividad industrial cuestionada.
El caso mantiene abierta la tensión entre la continuidad de la actividad productiva y la exigencia de asegurar estándares ambientales adecuados, bajo la supervisión judicial y con base en evidencia técnica actualizada.
