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La Justicia define jurisdicción para investigar efectos y responsabilidades de las vacunas Covid-19

Sigue adelante la causa 4919/2024.

Una compleja causa penal impulsa el debate sobre la seguridad, la legalidad y las responsabilidades en la aplicación masiva de las vacunas Covid-19 en la Argentina.

La denuncia, presentada por Omar Roberto Elizalde con patrocinio del doctor Julio Razona, atribuye a funcionarios públicos y a los laboratorios fabricantes la comisión de delitos gravísimos, entre ellos envenenamiento y ejercicio ilegal de la medicina.

Origen y trámite procesal

El expediente 4919/2024 se inició en marzo de 2024 ante el Juzgado Federal 3 de Mar del Plata, Secretaría 8, a cargo del Dr. Santiago Inchausti. El querellante, Elizalde, reclama acciones penales tras sufrir "secuelas graves" tras inocularse una de las vacunas Covid-19.

En noviembre de 2024, el doctor Santiago Inchausti declinó competencia y remitió el expediente a Comodoro Py, donde el juez federal Sebastián Ramos rechazó su intervención. Así, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata quedó habilitada para determinar qué magistrado continuará con la investigación.

Delitos imputados

La denuncia imputa la comisión de:

  • Envenenamiento y simulación del carácter nocivo de medicamentos (artículos 200, 201 y 201 bis del Código Penal).
  • Incumplimiento de los deberes de funcionario público (artículo 248 Código Penal).
  • Ejercicio ilegal de la medicina (artículo 208 Código Penal).
  • Abandono de persona (artículo 106 Código Penal).
  • Falsedad ideológica de instrumento público (artículo 277 Código Penal).

Se solicitó además que, por la "descomunal cantidad de víctimas", los hechos se tipifiquen como delitos de lesa humanidad, imprescriptibles según la ley 24.584.

Empresas farmacéuticas y funcionarios bajo la lupa

La denuncia reclama investigar penalmente a los titulares de las siete firmas que produjeron las inyecciones aplicadas en el país:

  • Gamaleya/RDIF (Sputnik V).
  • AstraZeneca/Oxford (Covishield).
  • Covishield (versión india de AstraZeneca).
  • Pfizer-BioNTech (Comirnaty).
  • Moderna (Spikevax).
  • Sinopharm (BBIBP-CorV).
  • CanSino (Convidecia).

Además, se acusa de responsabilidad penal al ex Presidente Alberto Fernández, a la ex ministra de Salud, Carla Vizzotti, y a los titulares de la ANMAT, por supuestamente autorizar y no controlar el contenido de los viales experimentales, ni informar adecuadamente a quienes los recibieron.

Fundamentos científicos: 55 elementos no declarados

Como prueba, la denuncia incorpora el estudio “Análisis por ICP-MS de vacunas contra Covid-19” (Agosto 2024), elaborado por Lorena Diblasi et al., que detectó 55 elementos químicos no declarados en seis marcas de vacunas mediante espectrometría de masas con plasma acoplado inductivamente (ICP-MS), entre ellos metales pesados y elementos de alto número atómico, que no figuran en los prospectos oficiales.

Este informe corrobora hallazgos previos de partículas y compuestos tóxicos en viales, y cuestiona las buenas prácticas de fabricación y el control de calidad de los laboratorios implicados.

Legislación y "megafraude sanitario"

El querellante se apoya en la Ley 27.573 (noviembre, 2020), que autoriza la adquisición de “vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida” contra el Covid-19, pero (según la denuncia) violó sus propios términos, pues las inyecciones experimentales no ofrecían inmunidad adquirida sino la reducción de complicaciones graves.

Además, se arguye que el DNU 125/2021 y la Resolución 2883/2020 establecieron un "ensayo clínico voluntario" cuya voluntariedad fue coactiva: la falta de aplicación implicó restricciones de derechos básicos (educación, trabajo, bancarización) a no vacunados, constituyendo (según la acusación) un megafraude sanitario.

Los denunciantes sostienen que se omitió el consentimiento informado (artículos 58 y 59 del Código Civil; Resolusión 1480/2011 y disposiciones 5330/1997 y 6677/10 de ANMAT), requisito ineludible en cualquier investigación médica con voluntarios humanos.

Próximos pasos

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata deberá resolver la competencia judicial y luego avanzar en la instrucción de la causa. De aceptarse la jurisdicción de Comodoro Py, el caso podría unificarse con otras causas similares.

En Mar del Plata, organizaciones de víctimas y asociaciones de abogados especializados en salud ya anuncian su adhesión como querellantes.

En tanto, la causa 4919/2024 marca un hito: cuestiona la legitimidad de las medidas sanitarias de la pandemia, pone en debate el rol de los laboratorios globales y la ANMAT, y podría sentar precedentes sobre la responsabilidad penal en políticas de salud pública de emergencia.

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