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¡Polémica!
Salto: Ricardo Alessandro deberá rendir cuentas en la Justicia tras una controversial licitación
Las críticas por la falta de transparencia derivaron en un pedido de impugnación.
El 8 de enero de 2025, se notificó la adjudicación de la licitación pública03/2024 a la Cámara de Empresas de Control y Administración de Infracciones de Tránsito de la República Argentina (CECAITRA). Dicha licitación tenía como objetivo contratar servicios y equipamiento para el control de infracciones de tránsito. Informó Realpolitik.
En el proceso licitatorio participaron tres empresas: Tránsito Seguro, CECAITRA y Secutrans SA. La mejor oferta económica fue presentada por esta última, seguida por CECAITRA y finalmente por Tránsito Seguro.
No obstante, sentenció Realpolitik, la adjudicación recayó en CECAITRA, una entidad que se presentó bajo la figura de asociación civil sin fines de lucro, lo que ha generado cuestionamientos respecto a la legalidad y transparencia del proceso.
En ese marco, se presentó una impugnación en tiempo y forma cuestionando la validez de la participación de CECAITRA en el proceso. La impugnación argumentó que el ente opera con objetivos lucrativos, lo que resultaría incompatible con el artículo 168 del Código Civil y Comercial de la Nación, que establece que las asociaciones civiles deben perseguir objetivos de interés general y no tener el lucro como finalidad principal.
Para fundamentar este planteo, Realpolitik señaló que CECAITRA, bajo la estructura de asociación civil, celebra contratos comerciales que priorizan la obtención de beneficios económicos, incluyendo acuerdos con diversos municipios de la provincia de Buenos Aires, como Baradero, Bragado, Dolores, General Lavalle, General Madariaga, Lezama, Malvinas Argentinas, Marcos Paz, Merlo, Moreno, Pilar, Rojas, Tigre, Tordillo, Torquinst, entre otros. Estas actividades se consideran incompatibles con la naturaleza no lucrativa que CECAITRA declara tener, constituyendo una competencia desleal con empresas comerciales.
Además, se destacó que en 2007 CECAITRA modificó su objeto social para incluir actividades comerciales como la financiación y adquisición de bienes, algo que refuerza las dudas sobre la legitimidad de su participación en procesos licitatorios. Esta situación pone en entredicho los principios de igualdad, transparencia y libre competencia que deben regir en los procesos licitatorios.
En la impugnación se solicitó expresamente la intervención de la Comisión Fiscalizadora para emitir un dictamen sobre la legalidad de la participación de CECAITRA. Esta petición tenía como objetivo garantizar la transparencia en el proceso licitatorio y corroborar que todas las empresas participantes cumplieran con las condiciones legales y éticas establecidas. Asimismo, se acompañó la impugnación con el comprobante de depósito correspondiente, conforme al artículo 24 del pliego de bases y condiciones. Resaltó Realpolitik.
Guiño del oficialismo saltense
Sin embargo, el municipalidad de Salto resolvió desestimar la impugnación presentada, argumentando: "La impugnación carece de sustento técnico y legal suficiente, dado que las actuaciones realizadas por este municipio se ajustan plenamente a los requerimientos normativos establecidos, asegurando la validez de los dispositivos y procedimientos implementados para la fiscalización electrónica".
Esta decisión resulta cuestionable, ya que no aborda los argumentos centrales planteados, como la incompatibilidad legal de la participación de CECAITRA, ni responde al pedido de intervención de la Comisión Fiscalizadora. Afirmó Realpolitik.
La omisión de este análisis evidencia un proceder negligente y contrario a los principios de igualdad y transparencia que deben regir en cualquier proceso licitatorio. Al desestimar la impugnación, se compromete la credibilidad institucional del Municipio y de sus procedimientos administrativos.