Policial y judicial | 09:00
Exclusivo
El juez Zabaljáuregui rechazó otorgar la prisión domiciliaria al penado Fermín Basualdo pese a informes favorables y graves antecedentes de salud
Habló el abogado Ezequiel Grasso.
El Juzgado de Ejecución Penal de Dolores, a cargo del juez Matías Zabaljáuregui, resolvió no conceder la prisión domiciliaria solicitada para Fermín Eleodoro Basualdo, condenado a prisión perpetua por homicidio agravado por alevosía.
La defensa había pedido el beneficio argumentando su edad (74 años), su delicado estado de salud y la necesidad de asistir a su madre de 94 años, factores que, según el abogado patrocinante Ezequiel Grasso, se encuentran acreditados en el expediente.
Basualdo padece EPOC, cáncer de pulmón bajo monitoreo y una hiperplasia prostática, además de requerir medicación que, según denunció la defensa, no siempre es entregada con regularidad dentro de la Unidad Penal 26.
En una entrevista exclusiva con este medio, Ezequiel Grasso cuestionó que el juez no valorara adecuadamente los informes favorables del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), que calificaron la conducta del detenido como ejemplar, destacaron su integración social en la unidad y recomendaron expresamente la conveniencia del beneficio.
El letrado también remarcó que Basualdo cursa el tercer año de Derecho de manera virtual, que mantiene una conducta respetuosa y que su rol como único hijo implica la responsabilidad de cuidar a su madre, quien, afirmó, se encuentra "literalmente abandonada".
Pese a estos elementos, la resolución judicial enfatizó que la edad por sí sola no habilita automáticamente la concesión de la prisión domiciliaria y sostuvo que las patologías que atraviesa el penado pueden ser tratadas dentro del Servicio Penitenciario.
El juez Zabaljáuregui citó jurisprudencia y normativa nacional e internacional para fundamentar que el beneficio exige un "plus" adicional que demuestre que la detención constituye un trato cruel, inhumano o degradante, algo que, según concluyó, no sucede en este caso. También señaló que la situación de la madre no encuadra dentro de los supuestos legales que habilitan la medida.
Durante el trámite, el fiscal Juan Manuel Dávila y el particular damnificado, representado por el abogado Gustavo López, se opusieron al pedido. La familia de la víctima también expresó su rechazo, señalando antecedentes de incumplimientos en una anterior prisión domiciliaria y cuestionando la falta de reconocimiento del delito por parte de Basualdo.
Aun así, en audiencia participaron además miembros de la asociación Inocente Colectivo, quienes respaldaron la postura de la defensa y solicitaron contemplar razones humanitarias.
La resolución final dispuso rechazar el beneficio e instruir al área sanitaria de la unidad para que continúe el tratamiento médico del detenido. La defensa adelantó que analiza nuevos pasos procesales y remarcó que, en su opinión, la decisión "incumple normativa internacional de derechos humanos" al no contemplar adecuadamente la situación de vulnerabilidad del solicitante.
